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Normatividad

 

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¿Por qué es importante que tu empresa cumpla con las Normas y Certificaciones Oficiales? En toda organización o negocio es importante el establecimiento de reglas, leyes, políticas y de esta manera evitar posibles sanciones.

¿ Qué sucede si tu negocio no cumple con las Normas Oficiales?

Existen 2 tipos de sanciones:

  1. Preventivas: SECTUR ( Consiste en un aviso por escrito, donde te notifican que debes cumplir con ciertas normas oficiales, pero no te sancionan económicamente)
  2. Correctivas: SECTUR sanciona económicamente a todo aquel establecimiento que no cumpla con la normatividad turística.

¿ Qué es la NOM Turística?

Es una Herramienta por la Calidad, Protección, Seguridad e Información en el Turismo del Siglo XXI.

¿Qué son las NOM’s?

Las Normas Oficiales Mexicanas (NOM), conforme la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, son regulaciones técnicas que establecen especificaciones y procedimientos para garantizar que los servicios cumplan, en el contexto de los propósitos y funciones para los que fueron diseñados, con características de seguridad, intercambiabilidad, confiabilidad y calidad, entre otros aspectos.

¿Para qué su observancia?

La observancia de normas es de aceptación generalizada entre usuarios y proveedores de servicios; facilitan la aplicación de soluciones más económicas y estables, al tiempo que favorecen el logro de mayor seguridad, información e higiene en el mercado turístico.

Es por ello que las normas técnicas surgen como una respuesta a los requerimientos de la actividad, que apuntan hacia aspectos fundamentales del bienestar de quienes viven la experiencia del turismo.

 

¿Quiénes hacen estas normas técnicas?

Las dependencias del Gobierno Federal son quienes se encargan de expedir dichas regulaciones llamadas Normas Oficiales Mexicanas (NOM’s), que son de carácter obligatorio y que contienen características o especificaciones que deben cumplir los servicios, cuando puedan constituir un riesgo para la seguridad de las personas o dañar la salud humana, el medio ambiente, o causar daños a nuestros recursos naturales.

 

¿Cómo se elaboran estas normas?

Para la elaboración de las NOM’s, se han constituido diversos Comités Consultivos Nacionales de Normalización, los cuales se integran por el Gobierno Federal, Sector Privado, Sector Académico y Sector Social.

 

¿Existe algún comité de normas del sector turismo?

Sí, el Comité Consultivo Nacional de Normalización Turística (CCNNT), el cual se constituyó el 25 de junio de 1993.

La presidencia y la coordinación de este Comité recaen en la Secretaría de Turismo a través, de la Subsecretaría de Operación Turística.

 

¿Quiénes participan en este Comité?

Participan en forma equilibrada la iniciativa privada, instituciones educativas y consumidores, así como las dependencias competentes.

 

Para el desarrollo de los trabajos del Comité, se prevé la integración de Subcomités o Grupos de Trabajo que tienen a su cargo la investigación, análisis y elaboración de los proyectos de Normas.

 

¿Cuáles son estos Subcomités?

 

¿Quiénes verifican las NOM’s de turismo?

La Secretaría de Turismo, en forma directa o a través de las Unidades de Verificación aprobadas y acreditadas en términos de la Ley de la materia.

 

¿Cuáles son las Unidades de Verificación del Sector Turismo?

En la actualidad, se cuenta con tres Unidades de Verificación aprobadas que son:

 

¿Cuáles son las Normas que debe cumplir tu Agencia de Viajes y que trámite debes realizar?

NOM TUR 01 2002 y la NOM TUR 10 2002

AGENCIA DE VIAJES: FORMATO RNT – 4

Solicitud mediante oficio dirigido al Lic. Luis Treviño Chapa Director General de la Corporación para el Desarrollo Turístico de Nuevo León solicitando el alta para el inicio de operaciones (o cambio de cédula) de la agencia de viajes.

 

· Formato RNT 4 debidamente lleno de la Inscripción en el Registro Nacional de Turismo y tener previa cita para recibir la documentación al Tel: 2020 6781 y 83, acudir a Washington 648 Ote entre Zuazua y Zaragoza 2° Piso Centro de Monterrey Antiguo Palacio Federal.

 

· Persona Física: Presentar copia del RFC Persona Moral, presentar copia del Acta Constitutiva con actividades cuyo objetivo social de indiquen relativas a las Agencias de Viajes.

(AMBOS)


·
Copia del RFC de la empresa o de la persona física
 
· Copia de Identificación del titular o representante legal
 
· Copia del contrato de arrendamiento ó tarjetón de predial del local.
 
· Línea telefónica de la empresa (Contestar a nombre de la empresa no a casa particular u otro lugar diferente a la agencia) copia del comprobante telefónico.
 
· Descripción de funciones y servicios en hoja membretada de la empresa (turismo egresivo, receptivo, doméstico, de aventura ó DMC´s)
 
· 2 Referencias personales de servicios.
 
· Traer el logotipo y lema de la empresa para una vez autorizado sea subido a la página de Turismo.
 
· 2 Fotografías del interior del local y 2 fotografías externas a color.
 
· Cumplir con lo establecido con las Normas Oficiales Mexicanas 01 y 10.
 

· Constancia de Pago de Derechos el cual deberá descargar de esta pagina: http://www.sectur.gob.mx/wb/sectur/sect_e_5cinco para Inscripción en el Registro Nacional de Turismo por la cantidad de $ $1019.00 (Mil diecinueve pesos 00/100 M.N.), este deberá realizarse en cualquier Institución Bancaria. Si es de cambio de cédula se hará solo un pago de $283.00 (Doscientos Ochenta y tres pesos 00/ 100 MN).

 

Nota: El trámite tarda de 20 a 30 días ya que es enviado a SECTUR México y su tiempo de respuesta es de mínimo 10 días hábiles.

 

¿Cuáles son las Normas que debe cumplir un Restaurante y que trámite debes realizar?

NOM TUR 01

 

Requisitos para la  Inscripción en el Registro Nacional de Turismo para Restaurantes

Solicitud por escrito dirigida al Lic. Luis Treviño Chapa Director General de la Corporación para el Desarrollo Turístico de Nuevo León.

Solicitud RNT –2 debidamente requisitada.

· Persona Física: presentar formato lleno y el pago de derechos y copia del RFC y de la Credencial de Elector del titular.

 

· Persona Moral: presentar copia del Acta Constitutiva y copia del RFC y copia de la identificación del representante legal de la empresa.

 

Constancia de Pago de Derechos: formatos e-5 por Inscripción en el Registro Nacional de Turismo por la cantidad de $1268.00, y $ 410.00 por reposición ó cambio de cédula.

 

Para Canje se deberá devolver la cédula original, para reposición por extravío se deberá entregar la denuncia ante el ministerio público sobre el extravío de la misma.

Los documentos deberán presentarse en original y copia.

· Constancia de Pago de Derechos el cual deberá descargar de esta pagina: http://www.sectur.gob.mx/wb/sectur/sect_e_5cinco para Inscripción en el Registro Nacional de Turismo por la cantidad de $ $1268.00 este deberá realizarse en cualquier Institución Bancaria. Si es de cambio de cédula se hará solo un pago de $410.00.

 

Nota: El trámite tarda de 15 a 20 días hábiles ya que es enviado a SECTUR México y su tiempo de respuesta es de mínimo 5 días hábiles.

¿Cuáles son las Normas que debe cumplir un Hotel y que trámite debes realizar?

NOM TUR 01 , NOM TUR 07 y NOM TUR 10

 

Requisitos para Establecimientos de Hospedaje

Solicitud mediante oficio dirigido al Lic. Luis Treviño Chapa Director General de la Corporación para el Desarrollo Turístico de Nuevo León, solicitando el alta para el inicio de operaciones (o cambio de cédula) del Establecimiento de Hospedaje, Campamentos Paraderos de Casas Rodantes.

a) Solicitud RNT-1 de Inscripción al Registro Nacional de Turismo, debidamente requisitada y firmada por el Propietario o Representante Legal.

 

b) Recibo de Pago de Derechos de Inscripción al Registro Nacional de Turismo, Formato S.H.C.P. 5 por $1,790.00 y $671.00 para reposición ó cambio de cédula.

 

c) Persona Física: presentar formato lleno y el pago de derechos y copia del RFC y de la Credencial de Elector del titular.

 

d) Persona Moral: presentar copia del Acta Constitutiva y copia del RFC y copia de la identificación del representante legal de la empresa.

 

e) Copia del Tarjetón de Catastro y comprobante de Domicilio del Establecimiento.

 

f) Cumplir con lo establecido de acuerdo a las Normas Oficiales Mexicanas en Turismo NOM-TUR- 01, 07 y 10.

 

g) Para cambio de cédula por cambio de razón social se deberá regresar la cédula original para expedirle una nueva cédula.

 

h) Para reposición por extravío es necesario presentar el acta levantada ante el ministerio público.

 

Nota: El trámite tarda de 20 a 30 días ya que es enviado a SECTUR Federal y su tiempo de respuesta es de mínimo 5 días hábiles.

 

Constancia de Pago de Derechos el cual deberá descargar de esta pagina: http://www.sectur.gob.mx/wb/sectur/sect_e_5cinco, este deberá realizarse en cualquier Institución Bancaria.

¿ Cómo puedes adquirir tu Cédula Turística?
Los prestadores de servicios turísticos deberán inscribirse al RNT.-(Registro Nacional de Turismo y de esta manera estarán regulados ante SECTUR ( Secretaría de Turismo).

 

Glosario
RNT-1 Formatosde Registro para Establecimientos de Hospedaje
RNT-2 Formatos de Registro para Establecimientos de Alimentos y Bebidas
RNT-4 Formatos de Registro para Establecimientos de Agencia de Viajes
NOM-08-TUR-2002.- Nomas para Guías de turistas generales
NOM-09-TUR-2002.- Normas para Guías de turistas especializados